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Modifican Ley de Delitos Informáticos con el fin de proteger a menores de ciberdelincuentes

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Bajo las facultades delegadas por el Congreso, el Gobierno ha promulgado un decreto legislativo orientado a salvaguardar a niños, niñas y adolescentes de ciberdelincuentes. Esta medida implica el fortalecimiento de las penas asociadas a este tipo de ilícitos.

El Decreto Legislativo N.º 1591, publicado en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano,  modifica los artículos 5 y 9 de la Ley Nº 30096, Ley de Delitos Informáticos, a fin de promover el uso seguro y responsable de las tecnologías digitales por parte de los menores de edad.

En ese sentido, se establece que cualquier individuo que, a través de internet u otro medio análogo, contacte a un menor de 14 años con el fin de solicitar u obtener material pornográfico, o proponer la realización de actos de naturaleza sexual, será sancionado con una pena privativa de libertad que oscila entre 6 y 9 años.

Este decreto fue emitido en virtud de la facultad delegada por el Congreso de la República, conforme a lo dispuesto en la Ley N.º 31880. Dicha normativa concede al Poder Ejecutivo la autoridad para legislar en varios campos, incluyendo la seguridad ciudadana y la gestión del riesgo de desastres a nivel global.

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