El Minedu aprueba ajustes significativos en el Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial: nuevas directrices sobre vacaciones para auxiliares de educación y otros aspectos destacados.
A través del presente Decreto Supremo 018-2023-MINEDU, divulgado hoy en el periódico oficial El Peruano, el Minedu dio luz verde a alteraciones en los artículos 91, 194 y 224 del mencionado reglamento, con el propósito de clarificar aspectos vinculados a la estructura de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para Docentes, la licencia por representación sindical y las vacaciones del auxiliar de educación.
Sobre conformación de la Comisión Permanente
El dispositivo establece que la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para Docentes se compone de tres miembros principales y tres suplentes, los cuales desempeñan sus funciones en situaciones debidamente fundamentadas.
Licencia por representación sindical
Igualmente indica, entre otros aspectos, que se concederán hasta un máximo de 10 permisos por representación sindical para las asociaciones gremiales de docentes a nivel nacional y tres para las de ámbito regional.
Vacaciones para auxiliares
Mientras tanto, los auxiliares de Educación disfrutarán de un período vacacional de 60 días al año, coincidiendo con el inicio de las vacaciones escolares
Previo al inicio del receso vacacional, tienen la obligación de finalizar y entregar la documentación correspondiente a sus responsabilidades a la Dirección de la Institución Educativa.
Durante las vacaciones escolares de mitad de año, los auxiliares de educación llevan a cabo tareas relacionadas con sus responsabilidades sin necesidad de presentarse en la institución educativa, a menos que las autoridades de gestión educativa descentralizada programen actividades que exijan su presencia. En este último caso, están obligados a participar en dichas actividades; de lo contrario, se aplicarán los descuentos correspondientes.